El Concejo Municipal, presidido por el alcalde Walter Andrade, aprobó la Ordenanza que reforma la Administración, Control y Recaudación del Impuesto de Patentes Municipales en el cantón La Concordia. Con lo que se busca incentivar el desarrollo agropecuario del cantón concordense.
Debido al evento telúrico suscitado el pasado 16 de abril, el cabildo concordense consideró pertinente adecuar las normativas municipales a la realidad y necesidad del país. Asimismo, se cumpla con lo determinado en la Ley Orgánica de Incentivos Tributarios para varios sectores productivos e interpretativa del artículo 547 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad).
El documento legal, en su artículo 1, suprime las actividades de producción agrícola y pecuaria que se encuentran establecidas en los literales e) y f) del artículo 4 de la Ordenanza que Reglamenta la Administración, Control y Recaudación del Impuesto de Patentes Municipales. En el Art. 4 se manifiesta “las actividades que se gravarán con el Impuesto de Patente Municipal anual serán las siguientes: a) Actividades de comercio; b) Actividades financieras; c) Actividades profesionales; d) Actividades inmobiliarias; e) Actividades de producción agrícola; f) Actividades de producción pecuaria; g) Actividades de prestación de servicios; h) Actividades de transporte; i) Actividad Agroindustrial”.
Además, el artículo 2 del documento legal estipula suprimir el artículo siete de la Ordenanza Sustitutiva, que hace referencia a la fórmula aplicable para establecer la base imponible o patrimonio de estas actividades. Con esto los productores agropecuarios no serán sujetos de cobro de la cuota del impuesto anual de patente municipal.